"Una misma es la santidad que cultivan, en los múltiples géneros de vida y ocupaciones, todos los que son guiados por el Espíritu de Dios, todos los fieles, de cualquier estado y condición, están llamados a la plenitud de la vida cristiana y a la perfección de la caridad".
La práctica de la espiritualidad cristiana en la Cuba de los siglos XVI y XVII
Entre los fundamentos de la Iglesia Católica, encontramos, la espiritualidad, como una parte de la Teología que estudia el dinamismo que produce el Espíritu en la vida del alma: cómo nace, crece, se desarrolla, hasta alcanzar la santidad, a la que Dios nos llama desde toda la eternidad, y que se transmite, con la palabra, el testimonio de vida y con el apostolado eficaz. La Espiritualidad, trata de ser equilibrada entre doctrina y vivencia, entre teoría y práctica, entre contemplación y apostolado[1]. Y le atañe la Revelación, el Magisterio, y la enseñanza de los santos.
Al ser Cuba uno de los territorios, en el que se establecen los españoles, política y socialmente se instaura la forma de vivir hispánica, la que daba un lugar prioritario al aspecto religioso. Al fundarse cada territorio, se separaban las parcelas necesarias para la plaza, la casa del Consejo, el mercado, la cárcel y cualquier otro edificio público; el resto de los solares se repartían entre los pobladores. La erección de la Iglesia debía contar con la licencia del Rey quien por la Ley II, del Título VI, Libro I, establecía
"... que no se erija iglesia ni lugar pio sin licencia del Rey"[2].
La primera diócesis, se funda en Baracoa, en 1517 y a partir de este momento el catolicismo se arraiga como religión, con su estructura secular y regular, representadas por las órdenes franciscanas, dominicas y mercedarias, las que establecían diversas formas de relación social, a escala local: los curas actuaban como intermediarios en las relaciones entre las familias, entre las elites y el pueblo llano, entre las pequeñas comunidades rurales y el mundo exterior, en ocasiones desempeñaban funciones de notarios.
Con su edificación, se lograba la existencia de un lugar sagrado donde los feligreses, conocían la doctrina a través de la Revelación y el Catecismo, y de la aceptación de sus mandamientos de conocer y estudiar todas las virtudes, tanto las Teologales: Fe, Esperanza y Caridad; como las Morales Cardinales: Prudencia, Justicia, Fortaleza y Templanza.
Las que debían aprender también los indios[3], a los que el Romano Pontífice, tras reiterar la manifestación de que estos "son verdaderos hombres y capaces de la fe", indicaba que debían ser libres, y que sus representantes no debían poseerlos como esclavos, por lo que el Rey, envía a Cuba en el mes de mayo de 1529 al Licenciado Badillo y al Reverendo Cristóbal, Obispo de Santo Domingo y Presidente de la Audiencia de allí, para que: " se cumpla la zedula que V.M nos mando enviar para que el obispo de la ysla no tenga indios y si algo tubiere los dexe e los que Gonzalo de Guzman le abia dado que fueron a la probincia del cacique salomana y mas la tierra adentro los devuelva al livertad"[4].
También se indicaba por la Bula del Papa Paulo III[5] de 1537[6], que los indios guardasen, además de los domingos, las siguientes fiestas: La Circuncisión, La Epifanía, el primer día de la Pascua de Natividad, de Resurrección y de Pentecostés, la Ascensión, el Corpus Christi, la Natividad de la Virgen, La Anunciación, La Purificación y la Asunción, la fiesta de San Pedro y San Pablo. En total los indios celebraban doce fiestas, mientras que los españoles debían guardar treinta y siete, con lo que la celebración adquiría un carácter socialmente diferenciado.
En 1537, en la Isla existían varias iglesias, lo que informa el Obispo Sarmiento, en la visita pastoral[7] que realiza con doble finalidad: primero, informarse de modo directo sobre la situación y circunstancias de la Iglesia particular, y segundo, impulsar a todos los fieles para que cumplan y conozcan, cada vez con mayor intensidad sus propios deberes, como cristianos:
"Que en la ciudad de santiago de Cuba ay dos ermitas, y ay la cofradia de Vera Cruz y cuenta con una Iglesia mayor.
En la villa del Bayamo la iglesia esta es de paja y por estas caussas del sacramento esta puesto un puntal y se sostiene por las mismas esposas y si después los vecinos se disponian a sacar capillas.
Ay dos capellanias que renta cada una ciento y catorze ducados. Ay otras de menor cuantia. El cabildo es patron de una de las mayores diosela el procurador Andres Arias. Leonor Nuñez dejo para otra capellania ciento y cincuenta pesos sobre unos negros. En esta villa ay dos curas el uno muy viejo y antiguo y sordo, el otro mozo y no tiene licencia de su majestad tiene poca abilidad, Sirve un fraile dominico.
Puerto Principe aqui ay una Iglesia. Ay cofradías de nuestra señora y de los santisimos sacramentos. El cura de esta iglesia se dice Joan Rodríguez de Carmona fue fraile dominico, en la villa de Osuna.
Villa de la Trinidad la Iglesia esta postergada despoblase esta villa de españoles porque los vecinos de ella fueron con Cortes a conquistar nueva españa. La renta de la iglesia fuera de los diezmos era una grande cria de yeguas, potros y como estaba la villa despoblada el Obispo aplico todos sus bienes a la Iglesia de Santi Spíritus".
La villa de Santi Spiritus la renta de la iglesia ademas de los diezmos es la cria de yeguas y potros que pertenencian a los de la Trinidad y es la mas rica de todas las iglesias de la ysla.
La cabana la iglesia de esta villa es la hermita de la iglesia de Santi Spiritus. El cura de Santi Spiritus reside por recato en estos tres pueblos de la trinidad., cavana y santi espiritus.
La havana tiene una iglesia y una cofadria de la Vera Cruz, el cura que aquí reside habia venido de la Florida sale poco es virtuoso en ella reside el licenciado Calderon tiene licencia de su majestad. Una legua de esta villa ay una poblacion de Indios que dice Guanabacoa tiene como sesenta indios casados reside en el un clerigo que vino en la armada de la Florida no tienen licencia de su majestad".[8]
En diciembre de 1545 se celebra el Concilio de Trento[9], el que culmina en 1563, por lo que en julio de 1564, se dicta la Real Cédula por la que los decretos acordados en el Concilio, se convertían en leyes del reino.
A partir de este momento, la iglesia es la reguladora de la vida diaria, centralizando en su edificio y en la figura del párroco la administración de la fe y la religión. Además se le considera responsable de la educación moral y espiritual de sus feligreses, y debe anotar y estar presente en todos los acontecimientos relevantes de la vida cotidiana: bautismos, defunciones, bodas, fiestas, misas dominicales y diarias.
Así la misa solo pude oficiarse en la iglesia, que deberá tener unas determinadas características. El rito se regula en tiempo y forma, y los comparecientes se adecuan a unas normas concretas en cuanto a su comportamiento, regido por las virtudes de humildad, generosidad, castidad, paciencia, templanza, caridad y diligencia; opuestas a los pecados de soberbia, avaricia, lujuria, ira, contra gula, envidia y pereza.
Especial importancia en la vida espiritual debe atribuírsele a la influencia que en la sociedad ejerció la política educacional puesta en práctica por la iglesia, que ya había empezado a formarse en la centuria precedente. La enseñanza fue una de las vías utilizadas por la Corona para lograr, mediante la unidad confesional, uno de los pilares en que descansaba su dominación política. Principio puesto de manifiesto en la intención metropolitana de instruir en las primeras letras y el canto llano al mayor número de habitantes, siempre bajo la tutela de la Iglesia.
Para hacer accesible la perfección cristiana a los cristianos sencillos, a quienes les sugiere que no es necesario abandonar el mundo para salvarse, Francisco de Sales escribió su "Introducción a la vida devota" (1608), que tuvo un extraordinario éxito de lectores, pues se hicieron 40 ediciones desde 1608 hasta 1622. En esa obra y en su "Tratado del amor de Dios" (1616) Sales desarrolló una concepción de la mística cristiana muy equilibrada, centrada en torno al amor del prójimo, muy cercana a la corriente optimista de las posibilidades naturales del ser humano que constituye el humanismo cristiano. Por su parte, Pierre de Bérulle plasmó su pensamiento en "Discours de l´état et des grandeurs de Jésus" (1623), donde desarrolla la idea agustiniana de la nada del hombre frente a la infinita grandeza de Dios.
Durante el siglo XVII, las iglesias construidas de tapia y guano en la centuria precedente, culminan su edificación en piedra. A las iglesias parroquiales mayores de San Juan de los Remedios, La Habana, San Salvador de Bayamo y Puerto Príncipe, se añadieron otras iglesias de una solo nave central, que con sus típicos artesanados de madera preciosas en los techos, fueron capaces de mostrar, en su simplicidad, una construcción no exenta de belleza formal. Estos fueron los casos de la iglesia del Espíritu Santo, Santo Cristo del Buen Viaje y Santo Ángel del Custodio, en La Habana; Santa Ana, San Juan de Dios y La Soledad, en Puerto Príncipe; Nuestra Señora del Carmen, Santo Tomás y Santísima Trinidad, en Santiago de Cuba; y la parroquial en Sancti Spíritus, las que en muchos casos, no contaban con el número suficiente de guías espirituales.
Tema que explica el Obispo Juan de las Cabezas Altamirano, en carta de 24 de junio de 1606, por la que solicita, que en las de Puerto Príncipe y Sancti Spíritus, se establezcan dos curas:
"en la ysla de cuba ay dos villas la una es sancti espiritus la otra puerto del principe son los pueblos que ay de consideración en la ysla y de tanto numero dezente que excepto el bayamo son los que tienen mas feligreses no es posible descargar la conciencia de V. M ni yo la descargo con un cura que cada pueblo de estos tiene. Suplico a V. M sea servido de mandar que en cada pueblo de estos aya dos curas uno que sea el principal y el otro beneficiado simple o quo adjutor señalandoles a cada uno de por si el salario conveniente mandando se les distribuya la parte de los diezmos que señala la ereccion para el cura y el beneficiado simple supliendose lo demas de lo que se les señalare por estipendio de la caja real de V.M como se haze en otras partes de la ysla como es en el bayamo y en la habana". [10]
Esta consulta es vista en el Consejo de Indias el 21 de febrero de 1607 y el Rey Felipe III, indica
"... que se cumpla lo proveido".
Los Conventos de la tierra adentro continuaron sufriendo estrécheses. El de San Francisco, en Santiago de Cuba, fue destruido por un terremoto y el saqueo de los enemigos, y finalmente rodeado por un castillo destinado a defender el núcleo de la ciudad. El de Bayamo vegetaba. Puerto Príncipe había aspirado desde temprano a contar con un Convento de Franciscanos, según relataría en 1627 Fray Francisco Pérez, comisario:
"... las villas de Puerto Principe, Sancti Spiritus y El Cayo le pedieron con instancia muchos años ha, fuesen a fundar en ellas, para tener el consuelo, enseñanza y el templo necesario y con quien comunicar y ajustar con todo acierto las cosas y casos de conciencia, y asi fundaron convento en la villa de Puerto Principe, en el barrio de Santa Ana, con las limosnas que dieron los vecinos, pero el fundador, Fray Alonso Carrillo, fue a Cartagena y cogidole el enemigo, y haber pocos en la provincia, no se perfecciono la obra, y al encontrarse los principeños muy faltos de predicadores y confesores y reducirse todo a un clerigo que asiste en cada uno de los lugares son muy pocos respecto de la mucha poblacion que tiene, por lo que piden al Rey conceda licencia para la fundacion del Convento"[11].
Esta licencia fue concedida en el año 1599 y el convento prestó sus servicios hasta 1621, en que sufre un incendio[12]. A partir de 1655 el Cabildo comienza a solicitar autorización al Rey, para su reedificación. Esta es reiterada en 1658, y con fecha 24 de mayo de 1682[13], el Rey responde a la solicitud, pero primero debía conocer el número de religiosos que tenía el Convento de la Merced[14], para que no excedieran los religiosos en la villa y el 31 de agosto de 1693, el Consejo ordena se continúe la reedificación[15].
La vida de todo individuo estaba tutelada por la Iglesia, desde el nacimiento hasta la muerte, por lo que sus representantes cumplían con su sagrado deber cristiano al prestarle atención a los enfermemos, como explicaría Don Lope Recio de Saya, Teniente Cura de la Iglesia Parroquial de la villa del Puerto del Príncipe, en el Obispado de Cuba:
"... en 1665 fui nombrado por vicario interin de la villa del Puerto del Principe, y en ella a sido comisario subdelegado de la Santa Cruzada y Teniente Cura de la Iglesia Parroquial, administrando los santos sacramentos con puntualidad y lo que dava ejerciendo en año de 1668, en el qual que huvo contagio de viruelas en aquel distrito acudio con fervor a los enfermos administrandoles los sacramentos a todas horas, en que trabajo mucho por no haver otro que lo hiciese (temerosos del contagio) y ser grande el numero de enfermos que havia y a los difuntos pobres los enterrava sin ynteres alguno".[16]
Pero no solo eran las enfermedades las que minaban la vida de estos años, había que sumar la invasión de los piratas a los territorios, situación que en 1670 expone el Obispo Gabriel Díaz Vara Calderón en carta a la Reina, en la que solicita:
"... aviendole conocido la suma nezecidad que padecen las Iglesias de este obispado y quan atrasados se hallan los moradores de toda la Ysla por la continua invasion de ingleses, que sin la asistencia alguna entran a destruirles y robarles las haziendas de campo, siendo igual la hostilidad que hallen por la mar de que resulta averse perdido casi totalmente el comercio de unos lugares con otros para el despacho de sus frutos por lo qual se hallan en tan grande pobreza que no queda esperanca de que puedan acudir con sus limosnas, para el reparo de las Yglesias como se experimenta al tiempo presente que estan amenasando ruina las Yglesias de la ciudad de la trinidad, la de varacoa, la del Puerto del Principe, y la Iglesia Catedral, aviendo algunos años que la robo y que de momento el ingles no a podido dar principio a la redificacion, celebrandose desde aquel tiempo los Divinos oficios de entre unas malas tapias cubiertas de pajas. Y aviendome aplicado a buscar algun medio para que en adelante puedan mantenerse las Yglesias del Real Patronato de V.M sin ocasionar gravamen a la Real hazienda e hallando que en la ereccion de la Iglesia de esta isla (la qual hizo en virtud de Bula de la Santidad de Adriano Sexto y por mandado de las cesarea, Merced del señor emperador Carlos quinto, Don Fray Juan de Urriete primero obispo de esta isla nombrado en Valladolid de España, en el año de 1523, se dispone que los diezmos de teja, cal y ladrillo de todas las poblaciones y lugares de este obispado se apliquen a la fabrica de la Iglesia catedral y de las demas de la Diocesis, mandando con graves penas que ni el obispo, ni el cavildo, u otro persona alguna ecclesiastica pudiese en algun tiempo pretender la percepcion de dichos diezmos, para que mejor se pudiesen fabricar las Yglesias de este obispado y fabricados repararse, como consta del testimonio de la misma ereccion y aviendo inquirido la forma en que esto corre, hallo no ay noticia que esta disposicion se aia ejecutado en tiempo alguno, sino que las personas que fabrican dichos generos de teja, cal y ladrillo se quedan con los diezmos que debian pagar a la Iglesia y siendo tan conforme a razon y a la practica de otros reynos de V.M que se paguen dichos diezmos, y considerando que des este efecto puede resultar buen socorro a las obras continuas, de que necesitan las fabricas para mantenerse, y que por este camino se consigue no solo que las iglesias esten con la decencia y culto que V.M desea, sino tambien que no sea necesario cada dia recurrir a la piadosa liveralidad de V.M para que acosta de la real hazienda se hagan los reparos de las yglesias como sucede e tenido por inexcusable suplicar encarecidamente a V.M sea servida de mandar se ponga en ejecución lo hordenado por la ereccion de estas santa iglesia y que se pago este diezmo para el efecto a que se aplico y porque la necesidad de reparos de cassi todas las yglesias de este obispado es de calidad que si no se aplica brevemente el remedio dentro de poco tiempo vendra a total ruina. Supplico a V.M sea servida de mandar la breve expedicion de este particular, sin que perjudique el dinero de la yglesia, la antigua posesion en que estan las que fabrican estos generos la qual confieso a V.M pues no e hallado noticia ni papeles de que en tiempo alguno se aia pagado dicho diexmo. Nuestra Señor yglesia la Catedral y Real Persona de V.M para aumentos de mayores reynos de la Havana a 30 de septiembre de 1670"[17].
Luego, a 12 de mayo de 1679, los capellanes Fray Diego de Moya, Fray Antonio de Vera, Fray Alvaro de Navia y Fray Juan Franco, desde Puerto del Príncipe, le informan al Rey, la entrada a la villa del enemigo francés por el puerto de La Guanaja:
"Sacra y Real Majestad. Aunque esta villa del puerto del principe tiene echo informe a vuestra Real Majestad del rrobo que el enemigo franses le iso a veinte y tres de febrero de esta año de setenta y nuebe los religiosos de san francisco, que rresidimos en ella commobidos de las hostilidades que estos pobres basallos an padecido en dos ocaciones y de presente padecen en las aciendas aunque esten veinte leguas rretoradas del mar, con toda humildad rrogamos e informamos a Vuestra Real Majestad ponga rremedio com tan catolico y esclarecido y a favor de la fee y aceido de sus basallos, en tanta disolusion como los franceses e ingleses, tienen en estas costas pues aunque disen se han dado orden al cristianismo rey de Francia que no saquaen las yglesis, a esta de San Francisco le llebaron toda la plata dedicada al culto divino, como lo ysieron con los demas de esta villa"[18].
Otro tema de crucial importancia para la ordenación de la vida de la iglesia, era la celebración de los Sínodos, por lo que con fecha 8 de diciembre de 1675 ante el notario público de La Habana, Leonardo de Heredia, se publica la Real Cédula de 4 marzo de 1673, por la que se le ordena su ejecución al Obispo de Cuba.
"En la ciudad de la havana en dos dias del mes de diciembre de mill seiscientos y setenta y cinco años. El Ylustrisimo señor Reverendo Don Gabriel Dias Vara Calderon Capellan de Honor de su Majestad obispo de esta dicha ciudad e Ysla de Cuba de su Consejo Dixo que por quanto en confirmacion de lo dispuesto por el santo concilio le es precisso conforme a la obligación del oficio pastoral celebrar sinodo diocessano y mas quanto en este obispado no se a hecho desde el año de mill quinientos y veinte y dos que se erigio su Cathedral por cuya causa han resultado algunos abussos e introducciones perjudiciales que necesitan de eficacisimo remedio y por ella su Magestad Dios le guarde por cedula de quatro de marzo del año passado de seis cientos y setenta y tres le encarga lo haga luego que llegue a dicho su obispado y para que tenga efecto materia que tanto ymporta a la salud espiritual y gobierno de las iglesias mando se despache edicto combocatorio para que todos los eclesiasticos y demas personas que de derecho estan obligados a asistir al sinodo le hagan para el dia cinco de abril del año proximo venidero de seis cientos y settenta y seis, primero de Pascua de Resurreción"[19].
El dicho Obispo, en cumplimento de su obligación de rescatar la fe de los pecadores, sale a recorrer la isla y en carta, desde La Habana, a 13 de agosto de 1676, le informa a la Reina:
"Saque del mal estado en el Puerto del Principe a treinta y ocho personas solteras que se an casado y en los hatos y corrales de las doscientas y cinquenta y quatro leguas, que ay desde la ciudad de cuba a esta reforme muchos abussos y malas costumbres y saque a muchos de mal estado y en esta ciudad a catorze de cinco, ocho y diez y doze años a esta parte casandolos con sus amigas y resultando por el edicto de la visita delaciones contra mas de trecientos que tenian ellicita amistad, procedi contra los secretos por reprehension, y a los mas publicos por prisiones y recogi veynte y una mugeres en el hospital de San Francisco de Paula por publicas peccadoras donde an estado cassi tres meses sustentandolas a mi costa hasta poner la renta de dicho hospital corriente, y aviendolo hecho y puesto en forma la reclusion, reconociendo que no podian conseguir su salida por fabores de los cuidadanos rompieron la clausura una noche falzeando las llaves con ayuda de sus amigos halle que en los conventos de esta ciudad se comenzaban las misas desde las dos de la noche, de que se originaban muchas ofenzas a Dios nuestro señor tomando de esta occacion muchas mugeres cassadas de irse a otras partes illicitas y les prohibi con graves penas puedan salir a missa hasta que sea de dia claro.
Prohibi de el todo los vayles que se hazian a las puertas y dentro de las cassas a la oracion y duraban hasta el amanecer por evitar los graves escandalos que causaban y grandes ofenzas a Dios nuestro señor y pendencias que de ellos se originaban tenian por costumbre andar las mugeres de noche de cassa en cassa a pedir para missas de salud, de que resultaba entrase en algunas sospechozas, y le prohibi no siendo de dia y a los dueños de los esclabos con censuras no las hagan trabajar los dias de fiesta quite veynte y cinco devociones de religiosos, ecclesiasticos y seglares que avia con publico escandalo. En el convento de Monjas de Santa Clara halle estaban debiendo diferentes personas a la fabrica de la Iglesia principal de San Christobal de esta ciudad diez y nuebe mill trecientos y quarenta y tres pessos de a ocho reales de siete, ocho, doze, diez y siete y veinte quatro años a esta parte sin tener un Real el Mayordomo para lo necessario, que los dejo ya cassi cobrados. Entre los ciento y veynte y dos testamentos que e visitado e hallado muchos de treze, diez y seis y veynte años en que no sea remediado poco y en veynte cofradías, que desde el año de secenta y quatro y algunas desde el de cinquenta y quatro estaban por visitar sin papeles, forma, ni razon, siendo las mas muy ricas, visite trescientas y setenta y siete capellanias y reconosci de ellas, que diversos capellanes tienen por cumplir de muchos años a esta parte setecientas y tres missas cantadas, que se van diciendo assi mismo visite y pusse en forma corriente la obrapia que fundo el Gobernador Martin Calbo de Arrieta de ciento y doze mill pessos de Principal y aviendo llegado a mi noticia que nunca se avia llebado con solemnidad estraordinaria el santissimo a los impedidos le llebe con toda la posible con assistencia de el gobernador y cuidado los dos Domingos de quasimodo y siguiente de todo lo qual remitto testimonio auténticos a V.M."[20].
A partir de 1679, se establece que las fiestas, que debían ser guardadas en la Isla, eran:
Enero
1 — La circuncisión del señor.
6 — La Epifanía
Febrero
2 — La purificación de Nuestra Señora.
26 — San Matías.
Marzo
19 — San Joseph.
25 — La Anunciación.
Mayo
1 — San Phelipe y Santiago.
3 — La invención de la Cruz.
30 — Santo Rey Fernando.
Junio
24 — San Juan Bautista.
29 — San Pedro y San Pablo.
Julio
25 — Santiago el Mayor, patrón del Obispado de Santiago de Cuba.
26 — Santa Ana.
Agosto
10 — San Lorenzo.
15 — Asunción de Nuestra Señora.
24 — San Bartolomé.
28 — San Agustín.
30 — Santa Rosa, patrona de las Indias.
Septiembre
8 — Natividad de Nuestra Señora.
21 —San Mateo.
29 — San Miguel Arcángel.
Octubre
28 — San Simón y Judas.
Noviembre
1 — Todos los Santos.
30 — San Andrés.
Dicembre
8 — La Concepción.
21 — Santo Tomás.
25 — La Natividad.
26 — San Esteban.
27 — San Juan.
<>BR28 — Los Santos Inocentes.
31 — San Silvestre.
Fiestas movibles
Pascuas de Resurrección (3dias).
La Ascensión.
Pascuas de Pentecostés (3dias).
Corpus Christis.
Todos los domingos del año.
Estaba la vida cotidiana tan impregnada por la religión, que resultaba muy difícil a los eclesiásticos hacer distinguir a los fieles entre el carácter sacro de las festividades y su proclividad a convertirlas en oportunidad de diversiones populares que bordeaban la irreverencia. Las fiestas religiosas pautaban la existencia de todos y eran celebradas en distintos niveles y escenarios, con una amplia y entusiasta participación, excepto por los esclavos, por lo que el Obispo Juan García Palacios, en 1682 le solicita la Reina que remedie el mal:
"En todo este obispado, señor, assi en la ciudad La Florida, como en la de la havana y demas lugares de la Ysla ay una costumbre o corruptela bien perniciossa a la salud espiritual de las almas, que es que los negros esclavos de los Yngenios, hatos y corrales, travajen los domingos, y dias festivos en un xenero de tierras, que llaman conucos, para comer y vestirse porque sus amos, no se lo dan, y si los dias feriales se lo dan es tan tenuo, y corto, que no pueden sustentarse, y el vestido tan indigno, que no es mas, que unos calsones, andando desnudos los mas de ellos de la sintura para riva, y aun muchas de las esclavas, que es compasion verlos de que nase lo uno, quebrantar las fiestas y lo otro no oir missa en ellas por caussa de que los esclavos, por aquel interes que tiene en la siembra no bienen a la ciudad, a oir missa estando los Yngenios el mas distante dos leguas, y lo otro que los curas de las parochias no pueden tener noticia si saven la doctrina cristiana y en casso que no la sepan enseñarsela porque son muy pocos los que bienen a oir missa, y aunque, he puesto el conato que he podido, para remediar estos daños tan en perjuicio de las almas, y a por la constitucion que pusse en la synodod, que celebre por mandado de V.M, en la ciudad de la havana, el año passado de ochenta, y a con edictos particulares, que he publicado amonestandoles a los dueños de ellos que los enbien por lo menos los domingos de quresma, adviento y demas del año, y a con la predicacion de los padres jesuitas, que he traido por toda la Ysla y por las clerigos, y curas en que les an dado a entender la obligacion, que tienen de enbiar a sus esclavos, a cumplir con el presepto de oir missa, ya que los ynstruian en los misterios de la fe, y les enseñen y expliquen la doctrina christiana, no lo he podido conseguir, con arto desconsuelo mio, en que no tengo mas medio que usar sino valerme de la protection de V.M para que si fuere de su agrado, mande a los governadores y justicias con penas graves, conpelan a todos los amos de esclavos negros y mulatos y demas gente rustica en especial los negros vosales, que huvieren en sus familias assi los que estuvieren en el campo por lo menos dos leguas de distancia de las ciudades, villas y lugares de este obispado, como los que vivieren en ellos, en bien con memoria de los que cada uno tuviere los domingos y fiestas de guardar a los curas de esta catedral, ciudad de la havana, demas villas, para que sepan si oien missa y les pregunten la doctrina christiana, y se la expliquen, e instruyan, en los misterios de nuestra santa fee, a la manera que los dotrineros de la nueva españa y peru. 22 de febrero de 1682".[21]
Dentro de este contexto social, los devotos realizaban aportes cuantiosos, que permitían el desarrollo de acciones espirituales, al contribuir a la edificación de lugares sagrados para su práctica, como es el caso de Don Gaspar Alonso Betancourt y Cisneros, quien fue Síndico Procurador Apostólico del Convento de Nuestra Señora de Santa Ana, en Puerto del Príncipe por espacio de 18 años, y junto a Fray Gaspar de Morales:
"... contribuyó a la construcción del mismo aportando esclavos, peones y aserradores y varias cantidades de limosnas en plata, tablazón, vigas, cal, ladrillo. Contribuyó con negros en el trabajo de la bóveda de enterramientos, a su costa y mención y seis varas de plata con la caja en que se guardan
Con su arbitrio se hicieron ciriales de plata y otros ornamentos y el Aljibe con 50 pesos en ladrillos, 30 pesos para un vestuario de caoba para la sacristía, un agua maril de loza 30 pesos en plata y un burro de valor de 50 pesos para la fábrica de los claustros altos. Además entrega azúcar y miel.
Fabricó la capilla mayor con bóveda para los religiosos, la mitad y la otra para su esposa y sucesores. La capilla era con tribuna alta para el coro y órgano, torre con 4 campanas, ciriales de plata, la silla del presbítero de damaza carmesí, bordadas de hilo de oro y seda, ornamento blanco de brocado de Ramos de oro con sus dalmáticas y capas sobresalientes, las hechuras del santo Patriarca de Bulto la una con su corona y rosario de oro, dos hábitos el uno de terciopelo negro y ondas doradas en el retablo, hecho en mi tiempo para el altar mayor.
Dos enfermerías bajas bastantes capaces para cincuenta y sesenta enfermos sobre ellas viviendas altas para veinte religiosos con las que bajas, sacristía baja decente y sobre ella vivienda alta regular, claustrado dicho convento de alquería alta y baja, su poso, traspatio debajo de muralla con su cocina y necesaria, esclavo que compró para servicio de la cocina y ayudó para comprar otro, camas para las enfermerías y sabanas y en varias ocasiones aguardiente todo el que se gasta anualmente para curar heridos y llagados, ayuda con dulce para los religiosos, da de comer a los pobres algunos días al año y cuando se le avisa de enfermo débil manda los pollos guisados o vivos, compro una casa y la derribo para hermosear la plaza que no tenía el convento y para cuadrar dichos claustros, compró otros dos pedazos de solar porque no quedasen imperfectos para reparos de enfermería y fábrica, en fin que gasto 25 mil pesos"[22].
Acciones, a través de las cuales Dios otorga la gracia al creyente, le permite su participación en la vida divina trinitaria, así como los medios fundamentales para crecer en ella: oración, liturgia, sacramentos, abnegación, ejercicio de las virtudes todas bajo el imperio de la caridad, como aparece expuesto en el Concilio Vaticano II,
"Una misma es la santidad que cultivan, en los múltiples géneros de vida y ocupaciones, todos los que son guiados por el Espíritu de Dios" (Lumen Gentium 41a)... "Todos los fieles, de cualquier estado y condición, están llamados a la plenitud de la vida cristiana y a la perfección de la caridad" (40b).
Notas
- Si sólo se optara por la doctrina teológica quitando la vivencia, tendríamos una espiritualidad racional, intelectualista y sin repercusión en la propia vida. Y si sólo se optara por la vivencia cristiana, sin dar la doctrina teológica, la espiritualidad quedaría reducida a un subjetivismo arbitrario, sujeta a las modas cambiantes y expuesta al error. Así pues, la verdadera espiritualidad cristiana debe integrar doctrina y vida, principios y experiencia.
- Rodríguez San Pedro, Joaquín. Legislación Ultramarina. Imprenta de Manuel Minuesa. Madrid. 1866. Tomo VII. Pág. 472.
- El Rey declaraba solemnemente que estos seres humanos y cualesquiera otros que lleguen a conocimiento de los cristianos deben merecer el trato de hombres, y "no seran ni han de ser privados de su livertad ni del dominio de sus cosas, de tal modo que puedan usar, ser dueños y gozar libre y licitamente de su livertad y de ese dominio, y que no deben ser reducidos a esclavitud".
- Archivo General de Indias. Santo Domingo 116.
- El 20 de septiembre de 1493, es nombrado cardenal con el título de San Cosme y San Damián por Alejandro VI. Pasó por varias promociones, hasta llegar a ser Rector del Sagrado Colegio. Bajo el pontificado de Clemente VII, fue obispo de Ostia y de Parna. El 12 de octubre de 1534 fue elegido sucesor de Clemente VII en el cónclave, y el 3 de noviembre es coronado como Papa. Se dedicó a reformar la corte papal. Nombró comisiones para evitar abusos de cualquier tipo; reformó la Cámara Apostólica, el Tribunal de la Rota, la Penitenciaría, y la Chancillería. En 1540, aprobó la fundación de la Compañía de Jesús y de otras órdenes religiosas como los Capuchinos, y las Ursulinas. En 1542 estableció el Santo Oficio como cámara de apelación final en casos de herejía ( la Inquisición Romana). Puso en marcha la elaboración del primer índice de libros prohibidos por la Iglesia.
- Con motivo de la evangelización del nuevo mundo, el 2 de junio de 1537, con la Bula ‘’Sublimis Deus’’, Pablo III, defendió la racionalidad de los indígenas, en cuanto que los indios son hombres, declaró que tenían derecho a su libertad, a disponer de sus posesiones y a la vez tenían el derecho a abrazar la fe, que debía serles predicada con métodos pacíficos, evitando todo tipo de crueldad.
- Administrativamente, por las Leyes de Indias, en el Título VII, Libro 1, Ley XXIV de 1557, estas son de estricto cumplimiento "Que los prelados visiten sus diocesis, y cuando nombraren visitadores, ó los cabildos eclesiasticos en sede vacante, sean cuales conviene luego informaren al rey".
- Archivo General de Indias. Indiferente 1528, Número 26.
- En mayo de 1542, el Papa Paulo III propone la celebración de un Concilio, el que cuenta con al anuencia del Rey Carlos V, de celebrase en Trento, pero debido a las guerras de este con Francisco I, se suspende en septiembre de 1543. Únicamente la paz de Crépy (1544), en cuyo protocolo se declaraba que Francia enviaría al Concilio Obispos y legados, pudo impulsar una nueva y definitiva convocatoria en noviembre de 1544. Dos años más tarde se trasladó su sede a Bolonia, fue suspendido en 1549, reanudado en 1551, suspendido en 1552, abierto en 1562, interrumpido por la firma de la paz de Cateau-Cambrésis, y clausurado en 1563.
- Archivo General de Indias. Santo Domingo 150.
- Archivo General de Indias. Santo Domingo 154. Ramo 3.
- Archivo General de Indias. Santo Domingo 111 Ramo 2. Número 57.
- Ibedem.
- Informaciones brindadas por los Alcaldes Ordinarios, Alférez Mayor Diego de la Torre Sifontes, y el Alguacil Mayor de la Santa Cruzada don Balerio de Socarras Zerbellon, el Escribano Público y Notario Real, de la villa, José de Brito Valderrama; y el cura don Félix de Miranda y Varona.
- Archivo General de Indias. Santo Domingo 111 Ramo 2. Número 57.
- Archivo General de Indias. Indiferente 200.
- Archivo General de Indias. Santo Domingo 150. Ramo 3.
- Archivo General de Indias. Santo Domingo 106, Ramo.2 Número.60 El gobernador Francisco de la Guerra y de la Vega le escribe al Rey desde Santiago de Cuba a 8 de marzo de 1679, y le informa que el jueves 23 de febrero de 1679 entro en al villa el enemigo francés por el puerto de La Guanaja.
- Archivo General de Indias. Santo Domingo 151.
- Archivo General de Indias. Santo Domingo 150. Ramo 4.
- Archivo General de Indias. Santo Domingo 151.
- Archivo General de Indias. Indiferente 247, Número 46. Testimonio de los Méritos y Servicios del Doctor Francisco Aniceto Betancourt Hidalgo, realizado en 1759, su hijo.
Bibliografía
González Novalin, José Luis. Historia de la Iglesia en España. La Iglesia en la España de los siglos XV y XVI. Editorial Católica. S.A. Madrid 1972. Tomo III.
Rodríguez San Pedro, Joaquín. Legislación Ultramarina. Imprenta de Manuel Minuesa. Madrid. 1866. Tomo VII.
Suárez Polcani, Ramón. Historia de la Iglesia Católica en Cuba. Ediciones Universal. Miami. Florida. 2003. Tomo I.
Documentos del Archivo de Indias.
- Indiferente 247, Número 46.
- Santo Domingo 151.
- Santo Domingo 150. Ramo 4.
- Santo Domingo 150. Ramo 3.
- Santo Domingo 111 Ramo 2. Número 57.
- Indiferente 1528, Número 26.
- Santo Domingo 116.
Documentos del Concilio Vaticano II.
Página enviada por Odalmis de la Caridad Martín Fuentes
(9 de mayo del 2008)
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