Cuba

Una identità in movimento

Abusos y despojos a los indios de El Caney

Juan Iduate



Francisco Almenares, indio del pueblo San Luis de los Caneyes (El Caney), alcalde de la Santa Hermandad elegido por dos veces, dedicado al comercio y arria de frutos con Santiago de Cuba y otros lugares, de 45 años, sin instrucción, con mujer y cuatro hijos menores, fue una víctima más del cruel gobernador Tacón, para quien resultaba un delito ser cubano.

Durante los últimos meses de 1836, Santiago de Cuba se mantuvo convulsionada debido al pronunciamento o jura de la Constitución por el general Manuel Lorenzo. Un suceso singular acontecería el 31 de diciembre de ese año y fue en ocasión de pasar por el pueblo de El Caney 400 lanceros que habiendo salido de Puerto Príncipe se dirigían a Santiago de Cuba. Las autoridades y principales del pueblo se congregaron a verlos pasar en un lugar conocido por El Boquete, encontrándose entre ellos Francisco Almenares, el cual según declararon algunos testigos días después, había expresado en alta voz a los allí reunidos:

"Ojalá se jurase ahora mismo la independencia por no haber quien nos defienda".

En efecto, el 10 de enero de 1837, don Antonio Toca, su suegro don Andrés Monzón y don Cayetano Díaz, denuncian y acusan, presentándose como testigos, al alcalde Almenares de haber vertido esa frase amenazante delante de ellos y en la ocasión referida, siendo detenido de inmediato el acusado y enviado a la cárcel de Santiago de Cuba.

De nada le valieron sus declaraciones de inocencia ni la presentación de varios testigos que declararon a su favor, como fueron el alcalde segundo ordinario don Andrés Telles, don Ignacio Antonio Méndez y don José Casal. Uno de ellos, don José Sinforiano López, afirmó que el día de los hechos

"... encontrándose a cuatro o cinco pasos del acusado no oyó nada".

Sin contar con la actuación de su abogado defensor, licenciado Lino Sánchez.

El juicio se celebró en el mes de marzo de dicho año, resultando condenado a trabajar seis meses como peón de camino, dando como cumplido el tiempo que llevaba preso, por lo que le quedaban solamente tres meses para completar la pena impuesta. Mas el Fiscal no estuvo de acuerdo con la sentencia, elevando el fallo al Gobernador, el que la anuló y ordenó el inicio de una causa por la Comisión Militar Ejecutiva y Permanente, lo que determinó el traslado del acusado para La Habana a fin de celebrarle juicio nuevamente, vulnerando así el principio legal sobre cosa juzgada.

Esta vez el Fiscal pidió dos años de presidio en obras públicas, pero el Tribunal estimó leve esta pena y le impuso la sanción de dos años de presidio fuera de la Isla. Elevada la causa al gobernador Tacón y con la asesoría de don Felipe Martínez, la sentencia fue aumentada una vez más y ratificada el día 3 de octubre, debiendo Almenares cumplir cuatro años de prisón fuera de la isla de Cuba, con la prohibición de volver a ella una vez cumplida la misma.

Esta sentencia era en sí un paso hacia el despojo de las históricas tierras de los indios de El Caney. Estas tierras habían sido ratificadas como posesión de la comunidad de indios de El Caney por Real Cédula de 15 de octubre de 1754, a más de existir otro Real Decreto de 1o. de julio de 1817, por el que se daba posesión de las tierras al que demostrase su tenencia por más de 50 años.

En siete de marzo de 1845 se recebió una orden de Intendencia dirigida al alcalde de El caney, para que entregara la Real Cédula y demás papeles referentes a los terrenos concedidos a la comunidad de indios.

En dos de abril del propio año el alcalde de El Caney se dirigió al Gobernador, dándole a conocer estos hechos, éste ratificó lo efectuado por la Intendencia.

En 26 de enero de 1846 la Audiencia de Puerto Príncipe determinaba que había dejado de existir la comunidad de indios de El Caney y presentaba a la superioridad si

"... deben o no volver al estado los terrenos que concedió al Pueblo del Caney como comunidad de Indios".

Esta consulta pasó a don Gregorio Peguero, el que la analizó en los siguientes términos:

"... que no cuenta sino con mestizos y mulatos".

Que

"[...] el abandono de sus naturales y la negligencia en el fomento de pequeñas haciendas dieron lugar a que los habitantes y propietarios de esta ciudad [de Santiago de Cuba] fueron poco a poco haciendose dueños del Pueblo, ya comprando y edificando casas en que pasaban los meses de verano ya adquiriendo partes de tierras a título de arriendo y formando en ellas estancias de Reses o fundos de mayor utilidad [...]".

"Que la Real Audiencia de distrito en auto solemne ha declarado extinguida la raza india, abolida la protección partidaria y declarado que los naturales y habitantes del Caney entren en el Régimen general de toda la isla así en lo civil como en lo judicial".

Con este escrito estuvo de acuerdo el Alcalde Mayor de Cuba, don Ramón Padilla, y obtuvo el visto bueno del Gobernador Superior Civil, con nota al margen del mismo que dice:

"Me conformo con la consulta de la vuelta, hágase como en ella se propone".

En 17 de febrero de 1849, reunidos en la sala consistorial el alcalde de El Caney, Manuel Pérez, el alcalde segundo, Pedro Telles; el Regidor Decano, Juan Crisóstomo Rodríguez; el Síndico general, Remigio Rodríguez; así como los vecinos Hilario Montoya y Simón Pérez, hicieron constar en acta:

"Que se ha visto fijado cartel a fin de que los que tengan terrenos en esta comunidad comparezcan en aquel juzgado a manifestar el número de caballerías que poseen".

Que no había recebido

"... ninguna comunicación anterior y sólo la orden de despojo" y que esto era "una herida mortal que se da a este pueblo y al principio para que se destruya a la ciudad mas antigua de la isla".

Igualmente hacen mención a que después de tres siglos y medio de posesión se venga de este modo a destruir lo que de derecho tienen, con argumentos tan falaces como la no existencia de indios y que las

"... genealogias de los Montoyas, Torres, Pérez, Rodríguez, Almenares y otros muchos deben constar en los libros baptismales y matrimoniales".

En junio 18 de 1849, en escrito al efecto, el Cabildo del lugar demuestra que no son mezclados y pide se haga igual con ellos a como se hizo con los "cobreros", firmando el mismo Pedro Telles como alcalde segundo y Félix Rufo como corregidor.

En 22 de octubre de 1849 es nombrado don Joaquín Sánchez por la Real Hacienda para que efectúe los cobros.

Todavía hay reuniones en la casa capitular de El Caney los días 26 y 27 de febrero de 1850, efectuándose la última el 23 de marzo de ese año; pero los indios habían perdido las últimas tierras que poseían desde de la conquista.


Tomado de: JUAN IDUATE, "Abusos y despojos a los indios de El Caney", en Santiago. Revista de la Universidad de Oriente, Santiago de Cuba, no. 59, septiembre de 1985, pp. 137-140


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